Todos los suministros eléctricos que se encuentran a una distancia no mayor a los 150 mts. de una luminaria de alumbrado se encuentran gravados con la tasa de Alumbrado Público que fija la Ordenanza Fiscal Impositiva 218 y 219/10 de acuerdo a la zonificación correspondiente y que para el año 2011 es de:
Zona | Tasa |
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Zona I | $66,82 bimestral |
Zona II | $33,42 bimestral |
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Última actulización: 07/01/2020
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